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Exit tax

Si dejas de ser residente en España y tienes participaciones importantes, Hacienda grava la plusvalía que aún no has realizado como si vendieras el día que te vas.

Cuándo se aplica

  • Has sido residente fiscal en España al menos 10 de los últimos 15 años.
  • Tus acciones valen más de 4 M€, o tienes más del 25% de una empresa y esa participación vale más de 1 M€.

La plusvalía es la diferencia entre el valor de mercado y lo que pagaste, y tributa con la escala del ahorro (del 19% al 30%).

Si te mudas a otro país de la UE o del EEE, solo pagas si en los próximos 10 años vendes, dejas de vivir en la UE o se produce otro hecho previsto. Si vuelves a España sin vender, se anula.

Orientativo. No incluye mínimos, reducciones ni el detalle de cada caso.